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Premios al emprendimiento de las Mujeres Rurales de la Comunitat Valenciana

Premio emprendimiento mujeres rurales cv

miércoles, 15 de marzo de 2023

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REQUISITOS:  

1. Requisitos para ser persona beneficiaria.

-Naturaleza y registro:

a. Personas físicas:

Ser persona que, de acuerdo el concepto recogido en el artículo 3.1 del Estatuto de Autonomía, tenga vecindad administrativa en algún municipio de la Comunitat Valenciana, en el momento de presentar la correspondiente solicitud.

b. Personas jurídicas: en el caso de federaciones, confederaciones y asociaciones con domicilio social en la Comunitat Valenciana. Será necesario cumplir los requisitos siguientes en el momento de presentar la correspondiente solicitud:

· Estar inscritas en el Registro Nacional de Asociaciones o en el Registro Autonómico de Asociaciones de la Comunitat Valenciana o en aquellos registros especiales, establecidos por la normativa vigente.

· Estar adaptadas, en el caso de asociaciones, federaciones y confederaciones, al ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación

· No podrán beneficiarse de estas subvenciones las asociaciones y federaciones integradas en una federación o confederación, que hubieran solicitado subvención en la correspondiente convocatoria para el mismo proyecto presentado por su federación o confederación.

- Las entidades y personas beneficiarias han de tener como ámbito territorial de actuación, o su sede corporativa, en cualquier municipio de la Comunitat Valenciana.

2. Requisitos de los proyectos:

- Los proyectos presentados por las personas físicas o jurídicas, que cumplan los requisitos para ser beneficiarios, deberán estar relacionados con la agricultura, la ganadería, la silvicultura, la industria agroalimentaria, la comercialización alimentaria, las actividades relacionadas con la prestación de servicios inherentes a estos sectores y la integración social y las actividades turísticas en el ámbito rural o en el sector pesquero y acuícola valenciano.

- También podrán participar las personas físicas o jurídicas, que cumplan los requisitos para ser beneficiarios, por la realización de proyectos y/o actividades que sean continuación de otros, ya iniciados en anteriores años, si persisten los fines por los que se iniciaron, y que se comprometan, mediante declaración responsable, a mantener dichas actividades como mínimo durante los 6 meses posteriores a la fecha de la publicación de la convocatoria.

- Será incompatible formar parte del jurado con la participación en la presente convocatoria.

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